En el suplemento de economía del periódico de
mayor difusión español, El País, aparecía el pasado domingo 14 de abril un
artículo muy interesante en el que se ponía en cuestión el trabajo de las
auditorías externas, ya que según su autor dudaba que en un ambiente de
crisis tan fuerte como el actual, los
informes de auditoría reflejaran cada vez menos salvedades. La respuesta se la aportaba un antiguo alto cargo del sector,
el cual entendía que la razón se encontraba: “en el miedo a perder el cliente,
así de sencillo”.
Como se puede intuir el artículo toca, aunque sea algo de pasada, un
aspecto muy controvertido sobre el que aún no existe una opinión unánime, cuál
es el límite temporal que debe existir en las relaciones de las firmas de auditoría y las
sociedades auditadas, que aprovechamos para señalar que en España no existe,
pues solo se exige como obligatoria la rotación del auditor de cuentas firmante
del informe de auditoría una vez transcurridos siete años desde el inicio de la actividad, debiendo transcurrir un nuevo plazo de dos años para que dicha persona pueda volver a auditar a
la entidad correspondiente. Incluso, cuando las auditorías de cuentas no fueran
obligatorias, no serán de aplicación las limitaciones citadas anteriormente.
Esta rotación de las entidades auditoras tiene
defensores y detractores; a favor estarían aquellos que entienden que esta
medida refuerza la independencia del auditor y, por tanto, incrementaría la
calidad de la auditoría; en contra, quienes opinan que la rotación destruye el
conocimiento específico del auditor sobre la empresa supervisada disminuyendo
la calidad del servicio prestado.
La postura de la Unión Europea es clara y viene
recogida en su Libro Verde, con el título “Política de auditoría: lecciones de
la crisis”, incidiendo en la conveniencia de la rotación
obligatoria, ya que: “las situaciones en las que una
empresa lleva décadas nombrando a la misma sociedad de auditoría parecen
incompatibles con las normas que sería deseables en materia de independencia.
Por mucho que los principales socios auditores roten con regularidad, conforme
establece actualmente la Directiva, todavía persiste la amenaza de
familiaridad.
En este contexto habría que
plantearse la rotación obligatoria de las sociedades de auditoría y no de los
socios auditores.”
Por lo interesante del tema que se nos plantea, que no es otro que la independencia y
objetividad de las opiniones sobre la fiabilidad de las informaciones
distribuidas a los mercados, me ha parecido oportuno resumir en estas líneas la
situación por la que atraviesan los otros garantes que intervienen
en el proceso auditor en el ámbito español.
En primer lugar nos debemos referir a los miembros de los
Comités de Auditoría, pudiendo decir que ni en la Ley del Mercado de Valores, por la que se regula la necesidad de que las sociedades cotizadas españolas dispongan de un Comité de Auditoría, ni en el Código de Buen Gobierno vigente
por el que se desarrollan las características de dichos Comités, vienen
recogidas limitaciones temporales a los nombramiento de sus miembros, aunque,
sin embargo, suele ser habitual que en los Estatutos de los Comités de
Auditoría a nivel de empresa consten restricciones a la duración de sus cargos,
fundamentalmente el de Presidente de la Comisión, que suele fijarse en un
periodo máximo de algunos años (cuatro o cinco normalmente), al término de los cuales el
Consejero que hubiera ejercitado el citado cargo no podrá ser reelegido como
Presidente hasta pasado un cierto periodo desde su cese, todo ello sin perjuicio de su
posible continuidad como miembro de la Comisión de Auditoría; manifestaciones que entendemos
reflejarían implícitamente la conveniencia de las rotaciones de los Consejeros,
aunque solo sea de forma testimonial, pues lo recogido en estos Estatutos, en
el mejor de los casos, dista mucho de ser realmente práctico.
Los otros agentes que consideramos podrían verse afectado
por la continuidad del cargo dentro del proceso supervisor, serían los auditores internos. Aspecto que las Normas del Institute
of Internal Auditors ni tan siquiera se plantean, por lo que el Director de
Auditoría Interna, y también sus colaboradores más directos, como el resto de sus integrantes, pueden mantener su
actividad de forma prolongada, sin que ello sea cuestionado.
En términos generales, es muy posible que las ventajas de no hacer
perpetuos este tipo de cargos superarían los inconvenientes que pudieran
comportar, ya que si el Sistema de Control Interno debe operar en un ambiente
de solidez ética y moral, se hace necesario adoptar ciertas protecciones para
evitar hechos que puedan conducir a realizar actos reñidos con el código de
conducta de la Organización.
En tal sentido, y como leía hace algún tiempo: "la rotación en el desempeño de las
tareas claves para la seguridad y el control es un mecanismo de probada
eficacia, y muchas veces no utilizado por el equivocado concepto del
"hombre imprescindible".
Lo cual, si
lo vinculásemos con la función del auditor interno, abriría el debate sobre la
conveniencia de su rotación dentro de la empresa. Aspecto del que no me manifiesto totalmente desfavorable, aunque admito que es un tema muy opinable, y cuya aplicación
puede conllevar dificultades prácticas de difícil solución, pues su viabilidad
dependerá de diversas circunstancias.
Personalmente, pero poco probable, entiendo que el auditor interno, con el
paso del tiempo, se podría vincular en exceso con la gerencia de la empresa debido a los efectos que el asiduo contacto profesional pudiera tener en la formación de
vínculos personales con los directivos con los que trabaja, pudiendo dar lugar a que se identifique más con los criterios e intereses de los gestores, que con las de las otras partes interesadas.
Otra posible consecuencia
de las largas permanencias de los profesionales en la actividad auditora, sería la posible interiorización de los fallos de las auditorías anteriores
provocados por una reducción de la objetividad requerida y necesaria en la
ejecución del servicio del profesional, lo que conduciría a mantener sine die las opiniones equivocadas, antes que reconocer los fallos
cometidos previamente en la supervisión de los entes auditables. Por ello, la
rotación de los equipos de auditoría generaría un mecanismo adicional de evaluación de
los propios auditores,ya que los auditores actuales controlarían el trabajo
de los equipos anteriores, por lo que los fallos de auditoría no se
perpetuarían indefinidamente.
En resumen, somos claramente partidarios de la
rotación de las firmas de auditoría externa, así como también de los equipos de los
Comités de Auditoría, fundamentalmente su Presidente, el cual, acabado su
mandato, debería abandonar el cargo dentro del Comité, dejando plena libertad
de decisión y opinión a los nuevos miembros del citado Comité.
En cuanto a los equipos de Auditoría Interna, también
consideramos positivo que estos no se perpetúen indefinidamente en la Organizaciones, considerando que, de
ser factible, exista una rotación de los técnicos de los equipos que aborden la supervisión de entes
auditables, de forma que podamos tener diferentes visiones no
continuistas. En cuanto a los mandos de la Unidad de
Auditoría Interna, pensamos que su excesiva y prolongada actividad en la misma, compartiría riesgos que deberían ser evaluados por su máximo responsable funcional, el Comité de Auditoría,
actuando en consecuencia, recomendando que, llegado a ese punto, también debería procederse a su rotación.
No obstante lo anterior, y siendo realistas, debemos admitir que la posibilidad
de rotar a los auditores internos dependerá, aparte de la voluntad de actuar de
esta manera, de otras circunstancias, como por ejemplo: de la dimensión de la
Unidad de Auditoría; de su estructura, ya que si fuese descentraliza
habría más oportunidades de practicar la rotación; o si se emplea o no el outsourcing; o si en su
organigrama figurasen diversos equipos según la especialidades u ámbitos
de actuación, etcétera.
La ausencia de estas circunstancia pueden condicionar o
incluso bloquear este tipo de iniciativas, aunque lo importante estimo es que
tengamos claro si resulta oportuno o no provocar las rotaciones, puesto
que el paso del tiempo seguro que nos abrirá posibilidades de acometerlas. Solo
habrá que esperar a que se presente el momento adecuado para ello.
Esperando que estas reflexiones puedan ser
consideradas útiles, dejo abierto el tema para que, entre todos, podamos
profundizar en él, debatiendo en lo sucesivo sobre el mismo.
Jesús Aisa Díez
Madrid, 21 de Abril de 2013.
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