Iniciado
el nuevo año, y superado el periodo navideño, es momento de volver a retomar
las actividades cotidianas, entre ellas las de compartir algunos comentarios y
puntos de vista relativos a la actividad de auditoría interna, a fin de que
puedan servir de motivo de análisis.
Para
aquellos que me acompañan en la lectura de mis comentarios, entiendo que les
será familiar una secuencia que, en alguna que otra ocasión ya he referido
respecto de la importancia que entiendo tiene la actividad de auditoría interna
en el nivel de control interno de las organizaciones.
Y
ello debido a que no será posible que en las organizaciones exista un buen
control interno, si éstas no disponen de un buen gobierno corporativo; lo cual solo será viable si existe una
adecuada supervisión realizada por el Comité de Auditoría, en cuyo caso se hace
imprescindible que estos dispongan de una función de auditoría interna que
actúe de forma eficaz y eficiente, desempeñando las labores que se le
encomienden y las recogidas en sus
respectivos planes de trabajo.
De
acuerdo con esta descripción, la función de auditoría interna resulta
fundamental en el nivel de control interno de las organizaciones, ya que existe
una relación directa entre ambas, haciéndose muy dificultoso que alcancemos un
buen control interno sin la existencia de una eficaz función auditora, ya que
esta resulta condición sine qua non para conseguirlo.
Llegado
a este punto creemos necesario recordar como COSO define el control interno,
señalándonos que: El control interno es un proceso,
efectuado por el Consejo Directivo de las compañías, la administración y demás
personal, diseñado para proporcionar seguridad razonable respecto al logro de
los objetivos en las siguientes categorías: (i) Fiabilidad de la información
financiera y operativa, (ii) Cumplimiento de leyes y normas y (iii) Eficiencia
y eficacia de las operaciones.
De acuerdo con este enunciado, en nuestra
opinión destacaríamos que el control interno es un proceso en el que han de
participar todos los miembros y estamentos de las organizaciones, por lo que no
es posible conseguirlo sin el compromiso de todos ellos. Circunstancia por la
que señalábamos hace unos momentos que la función auditora es condición
necesaria,
pero no suficiente,
para conseguir un adecuado control interno.
Y esto es así debido a que, aunque
tengamos Unidades de Auditoría Interna con una percepción clara de cuáles son
las debilidades de la organización en las que operen, su actuación se verá
condicionada si su jefes, fundamentalmente el funcional, no les prestasen el
apoyo que requeriría poder actuar sin restricciones en cualesquiera de los
ámbitos empresariales que se considerasen oportunos supervisar.
En este sentido, la actuación de los
responsables funcionales de las Auditorías Internas, es decir los Comités de
Auditoría, dependerá muy mucho de: su capacidad de análisis, compromiso y
ausencia de conflictos de intereses de sus miembros, lo que a su vez dependerá de la idoneidad de
su elección; lo que nos vuelve a situar en el adecuado desarrollo del gobierno
corporativo de la empresa.
Es decir, que si bien la secuencia
enunciada al principio de estos comentarios parece que resulta evidente, en el
sentido de que: el nivel de Control Interno estará condicionado a la bondad del
Gobierno Corporativo de la organización, en tanto que este dependerá en buena
medida de la eficacia del Comité de Auditoría, la cual a su vez será
consecuencia de la función desarrollada por la Unidad de Auditoría Interna;
también la relación inversa resulta aplicable, ya que no podremos tener una
función de auditoría eficaz, si no se cuenta con el apoyo del Comité de
Auditoría, para lo cual se hace imprescindible que el Comité ejerza sus
responsabilidades sin condicionantes de ningún tipo, lo que requiere que el
Gobierno Corporativo sea adecuado.
Llegado a este punto podríamos
preguntarnos, si se cumpliesen estas exigencias, ¿para qué sirve entonces la
función auditora?. Pues para ejercer adecuadamente la labor de supervisión,
garantizando razonablemente el correcto desarrollo del proceso de control
interno de la empresa, detectando las desviaciones que sean precisas corregir
con las que conseguir el cumplimiento de los objetivos empresariales, ya que
trabajando en otras condiciones existirán limitaciones que incidirán en la
bondad o alcance de nuestras apreciaciones, o lo que es lo mismo, en la calidad
de nuestro trabajo.
Jesús Aisa Díez.
Enero 2015.
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